En el contexto laboral actual, donde el número de accidentes laborales alcanza cifras significativas, es esencial que las empresas estén equipadas para manejar eficientemente las bajas por accidente laboral.
Según la Estadística de accidentes de trabajo publicada por el Ministerio de trabajo, se han tramitado 8.301.850 partes de baja médica en España a lo largo de 2023, marcando un aumento del 4,5% respecto al año anterior. Del total de estas bajas 551.200 corresponden a contingencias profesionales, es decir, enfermedades o accidentes laborales.
Es por ello que creamos este artículo para proporcionar una guía detallada para gestionar este proceso crítico.
Definición y contexto de la baja por accidente laboral
Existen distintos tipos de incapacidad temporal, incluyendo aquellas originadas por enfermedades relacionadas con el trabajo, enfermedades comunes (como un resfriado), accidentes no relacionados con el trabajo (como podría ser un accidente de tránsito durante las vacaciones), o por otras circunstancias como el nacimiento de un hijo, la adopción, la maternidad o la paternidad, entre otras.
Un trabajador entra en situación de incapacidad temporal cuando un accidente ocurrido en el contexto laboral le impide continuar con sus tareas habituales. La legislación en materia de Seguridad Social establece que se considera accidente de trabajo cualquier daño físico que el empleado sufra relacionado directamente con las actividades que desempeña bajo un contrato de trabajo.
Es relevante mencionar que los trabajadores por cuenta propia también están protegidos ante estas eventualidades, siendo obligatoria su contribución al sistema de Seguridad Social por concepto de incapacidad temporal derivada de accidentes laborales, a través del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).
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Procedimiento de tramitación
La tramitación comienza con la atención médica inmediata, ya sea en un hospital o en una mutua colaboradora. El médico, tras evaluar al trabajador, decidirá si las lesiones sufridas son causa de no poder realizar sus tareas laborales.
Posteriormente emitirá el parte de baja, proporcionando al empleado una copia de este. Además el Instituto Nacional de Seguridad Social (IINSS) lo comunicará a la empresa a más tardar el siguiente día hábil. Dentro del documento de baja, el médico debe especificar tanto la fecha en la que se revisará la situación de baja como la duración estimada de esta. En base a la duración de esta baja existen 4 tipos:
- Muy corta duración: Inferior a cinco días naturales.
- Corta duración: Entre cinco y 30 días naturales.
- Media duración: Entre 31 y 60 días naturales.
- Larga duración: A partir de 61 días naturales.
Seguido, la empresa debe informar a la Seguridad Social sobre la baja a través del Sistema RED, generalmente dentro de los tres días hábiles. Estos deben comunicar los datos económicos del parte de baja.
En caso de que la incapacidad temporal se prolongue, será necesario gestionar los partes de confirmación de la baja. Cuando el trabajador se recupere, se procederá a formalizar su alta. Si la duración de la baja supera los 365 días, la gestión de la misma pasará a manos del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).
Responsabilidad del pago y cuantía
La incapacidad laboral resultante de un accidente de trabajo conlleva el derecho a recibir una prestación económica para el trabajador afectado, destinada a compensar la pérdida de ingresos causada por la imposibilidad de llevar a cabo sus funciones laborales. A diferencia de otras modalidades de incapacidad, para acceder a esta prestación no es necesario haber cotizado previamente a la Seguridad Social por parte del trabajador.
Respecto al procedimiento de pago de esta prestación, este varía según la elección realizada por el empresario, existiendo tres opciones:
- La gestión y pago puede ser asumida por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).
- La responsabilidad puede recaer en una mutua colaboradora con la Seguridad Social.
- O bien, puede ser llevada a cabo por empresas que, de manera voluntaria, están autorizadas para gestionar las bajas por incapacidad temporal.
Generalmente, es la empresa la que realiza el pago de la prestación de manera delegada, manteniendo la periodicidad habitual de la nómina. En el caso de los trabajadores autónomos, la prestación es abonada directamente por la entidad gestora o la mutua correspondiente, y el trabajador debe tramitar la solicitud de pago directo.
El monto de la prestación económica en este caso, por accidente laboral, corresponde al 75% de la base reguladora, aplicable desde el día posterior al inicio de la baja. Es importante señalar que, según el convenio colectivo vigente, puede haber disposiciones que mejoren estas condiciones, permitiendo que la empresa complemente el 25% restante para que el empleado reciba su salario completo.
Dicho convenio determinará tanto la cantidad del complemento hasta alcanzar el 100% como el período durante el cual se efectuará este pago adicional.
Este complemento se reflejará en el desglose de la nómina del trabajador como «complemento por incapacidad temporal (IT)», y este no está sujeto a cotizaciones a la Seguridad Social.
Protección legal del trabajador
Es crucial recordar que, aunque legalmente posible, el despido de un trabajador en baja por accidente laboral no puede basarse en la baja en sí. Es decir que se considera nulo el despido del empleado si el motivo de despido está vinculado con la baja.
Hay que tener en cuenta que si el despido se considera nulo, el empleado tendrá el derecho a la reincorporación en tu empresa y al pago del salario de tramitación, es decir, el salario no percibido desde su despido hasta su posterior reincorporación.
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Entender y manejar adecuadamente las bajas por accidente laboral es fundamental para cualquier departamento de RRHH. Además de cumplir con la normativa legal, una gestión eficiente refleja el compromiso de la empresa con la seguridad y el bienestar de sus empleados.
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